Programas de control en atención materno infantil. control prenatal, la atención del parto y sus complicaciones y a la atención del niño durante el primer año de vida
Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles.
Enfermedades catastróficas o de alto costo.
La atención inicial de urgencias.
Consulta externa médica, odontológica, paramédica y de medicina alternativa aceptada.
Consulta externa por médico especialista.
Fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios.
Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante.
Exámenes de diagnóstico por imagenología, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante.
Atención en el servicio de urgencias única y exclusivamente cuando la utilización de estos servicios no obedezca, a juicio de un profesional de la salud autorizado, a problemas que comprometan la vida o funcionalidad de la persona o que requieran la protección inmediata con servicios de salud.
Para los casos de indigencia debidamente verificada y las comunidades indígenas, la atención será gratuita y no habrá lugar al cobro de copagos.
Son sujetos al cobro de copagos los demás servicios contenidos en el plan obligatorio de salud.