Pueden aspirar a ser Asociados de COOSALUD ESS - EPSS las personas naturales, las personas jurídicas de derecho público y las privadas sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos y condiciones que señalan los presentes Estatutos; así como las personas jurídicas del sector Cooperativo y las Empresas o unidades económicas cuando los propietarios trabajen en ellas y prevalezca el trabajo familiar o Asociado.
Realizar con la Cooperativa todas las operaciones autorizadas por los Estatutos y Reglamentos en las condiciones establecidas en estos, así como utilizar sus servicios.
Participar en los Eventos Democráticos y en la Administración de la Cooperativa mediante el desempeño de cargos sociales para los cuales sea electo.
Ejercer las funciones del Sufragio Cooperativo, en forma que por cada Asociado corresponda un sólo voto.
Disfrutar de los Servicios, los Beneficios y prerrogativas que la Cooperativa tiene establecidos para sus Asociados.
Presentar a los Órganos de Administración, proyectos e iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de la entidad.
Ser informado de la gestión de la Cooperativa, de acuerdo con las prescripciones establecidas en los presentes estatutos y Reglamentos que expida el Consejo de Administración.
Retirarse voluntariamente de la Cooperativa mientras ésta no se encuentre en proceso de disolución.
Fiscalizar la gestión económica y financiera de la Cooperativa, pudiendo examinar libros contables y demás documentos en los términos, oportunidades y procedimientos que establezcan las Leyes y Reglamentos que expida el Consejo de administración.
Los demás que resulten de la Ley , los presentes Estatutos y Reglamentos.
PARAGRAFO: El ejercicio de los Derechos de los Asociados, estará condicionado al cumplimiento de los Deberes.
Adquirir conocimientos sobre los Principios Básicos del Cooperativismo, características del Acuerdo Cooperativo y Estatutos de la Cooperativa.
Cumplir las Obligaciones derivadas del Acuerdo Cooperativo.
Acatar los presentes Estatutos, los Reglamentos y demás disposiciones emanadas de los Órganos de Administración y Vigilancia.
Comportarse con Espíritu Cooperativo, tanto en sus relaciones con la Cooperativa como con sus miembros.
Abstenerse de ejecutar o incurrir en acciones u omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica y financiera o el prestigio social de la Cooperativa.
Pagar los Aportes Sociales dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes.
Cumplir con las demás obligaciones económicas que adquiera con la Cooperativa.
Suministrar los Informes que la Cooperativa requiera para el buen desenvolvimiento de sus relaciones con ella e informar cualquier cambio de domicilio o residencia.
Comportarse de manera respetuosa ante los demás asociados, directivos y empleados de la Cooperativa.
Utilizar los conductos regulares para solicitar información relacionada con la Cooperativa.
Cumplir con los demás deberes que resulten de la Ley , los Estatutos y los Reglamentos.
No violar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades según la reglamentación vigente.
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